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| Norma | Detalle y Clasificación | Documentos | Jurisdicción |
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Resolución 1301/2000
CNC (Nación)
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Antenas - Regulación de Alturas Máximas
No vigente
Radiaciones No Ionizantes
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DEROGADA POR RESOLUCIÓN ENC 4149/17. Modificación de normas que regulan las alturas máximas de estructuras soportes de antenas destinadas al funcionamiento de estaciones de telecomunicaciones dentro y fuera de las áreas de seguridad de vuelo de los aeródromos del país. |
Nacional
CNC (Nación)
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Resolución 193/2018
OPDS (PBA)
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Antenas - Modificación Res. 87/13
Vigente
Radiaciones No Ionizantes
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Sustituye el artículo 5° de la Resolución N° 87/13, incorporando los lineamientos para gestionar el Permiso de Instalación y Funcionamiento de una instalación generadora de campos electromagnéticos en el rango de frecuencias mayores de 300 kHz de usuarios colocalizados o coubicados. Incorpora al Glosario de la Resolución Nº 87/13 la definición de "sitio colocalizado o coubicado", siendo este todo aquel sistema generador de campos electromagnéticos cuyas partes componentes se instalan en estructuras o sitios ajenos a su titularidad y cuyos propietarios o usuarios originales, destinan esa estructura o sitio a fines similares. |
Provincia de Buenos Aires
OPDS (PBA)
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Resolución 202/1995
MSAS (Nación)
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Antenas - Manual de Seguridad
Vigente
Radiaciones No Ionizantes
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Aprueba el "Manual de estándares de seguridad para la exposición a radiofrecuencias comprendidas entre 100 KHz y 300 GHz." y "Radiación de radiofrecuencias: consideraciones biofísicas, biomédicas y criterios para el establecimiento de estándares de exposición", volúmenes I y II respectivamente de la "Prospección de radiación electromagnética ambiental no ionizante" |
Nacional
MS (Nación)
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Resolución 3690/2004
CNC (Nación)
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Antenas - Evaluación de las radiaciones no ionizantes
Vigente
Radiaciones No Ionizantes
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Establece que los titulares de autorizaciones de estaciones radioeléctricas y los licenciatarios de estaciones de radiodifusión deberán demostrar que las radiaciones generadas por las antenas de sus estaciones no afectan a la población en el espacio circundante a las mismas. Protocolo para la evaluación de las radiaciones no ionizantes. |
Nacional
CNC (Nación)
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Resolución 530/2000
Sec. Com. (Nación)
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Antenas - Estándar de Seguridad
Vigente
Radiaciones No Ionizantes
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Dispone que el Estándar Nacional de Seguridad para la exposición a radiofrecuencias comprendidas entre 100 KHz y 300 GHz , aprobado por el artículo 1° de la Resolución N° 202/95 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, es de aplicación obligatoria a todos los sistemas de Telecomunicaciones que irradian dentro de estas frecuencias. |
Nacional
CNC (Nación)
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Resolución 103/2015
APrA (CABA)
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Antenas - Deroga Res. 299/11
Vigente
Radiaciones No Ionizantes
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ARTÍCULOS 2°, 3° Y 4° DEROGADOS POR RES. APRA 452/18. Deroga la Resolución 299/11. Crea el Registro de Antenas Generadoras de Radiofrecuencia en el rango de frecuencias entre 300 KHZ y 300 GHZ emplazadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todo propietario/titular de Antena deberá inscribirse en el Registro, salvo aquellos con equipamientos de radio afición o equipamiento wi-fi. Deberá presentar el Informe Anual de Medición por cada Antena registrada, ante la Dirección General de Control Ambiental de la Agencia de Protección Ambiental. |
Ciudad de Buenos Aires
APrA (CABA)
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Resolución 87/2013
OPDS (PBA)
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Antenas
Vigente
Radiaciones No Ionizantes
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Adopta como límites de exposición poblacional para las instalaciones generadoras de campos electromagnéticos en el rango de frecuencias mayores a 300 kHz, los límites establecidos por la Resolución N° 530/00 de la Secretaría de Comunicaciones de la Nación, en concordancia con la Resolución N° 202/95 del ex Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación. Incorpora, como criterio de evaluación de las instalaciones que por la presente se regulan, el impacto visual generado por las mismas. Todo generador de campos electromagnéticos en el rango de frecuencias definidas que desee instalarse en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, deberá obtener previamente el Permiso de Instalación y Funcionamiento, para cada sitio en que se ubiquen instalaciones generadoras. |
Provincia de Buenos Aires
OPDS (PBA)
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Resolución 81/2024
APrA (CABA)
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Anexo de documentación Legal para tramites APRA
Vigente
Radicación Industrial
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Modifica el Art, 2° de la Resolución N° 275-GCABA-APRA/23. Incorpora el Anexo de documentación Legal para tramites APRA. |
Ciudad de Buenos Aires
APrA (CABA)
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Resolución 220/2019
EPAS (Neuquén)
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Análisis Fisicoquímicos y Bacteriológicos - Tarifas
Vigente
Captación de Agua
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Fija el Cuadro Tarifario para la ejecución de Análisis Fisicoquímicos y Bacteriológicos. Aprueba el procedimiento para la solicitud de análisis que requieran ser efectuados por particulares, instituciones y organismos del Estado. |
Provincia de Neuquén
EPAS (Neuquén)
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Resolución 306/2014
SMA (Santa Fe)
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Análisis de Riesgo - Plan de Gestión Ambiental
Vigente
Radicación Industrial
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Establece el lineamiento para el grado de detalle que deberán exhibir los estudios de Análisis de Riesgo incluidos en los Planes de Gestión Ambiental de los emprendimientos categoría 2 y 3 que se presentan en los estudios ambientales en el marco del Decreto Nº 101/03. |
Provincia de Santa Fe
SMA (Santa Fe)
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Resolución 63/2020
SE (Nación)
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Ampliación del plazo de acreditación de las Auditorías de Seguridad - COVID-19.
Vigente
Auditoría
COVID-19
Hidrocarburos
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Se amplía el plazo de acreditación de las Auditorías de Seguridad; Asimismo se debe presentar, dentro del plazo de DIEZ (10) días , una Declaración Jurada firmada por el representante técnico o representante legal de la instalación, manifestando que la misma está en condiciones técnicas y de seguridad para operar. Presentación mediante Plataforma TAD. |
Nacional
SE (Nación)
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Resolución 303/2019
Min. Seg. (Nación)
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Ampliación de los plazos para presentación de informes
Vigente
Precursores Químicos y Alcoholes
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Amplía a quince (15) días hábiles el plazo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 1095/96, modificado por los Decretos Nros. 1161/00, 974/16 y 743/18, para la presentación de los informes de movimientos de sustancias correspondientes al primer, segundo, tercer y cuarto trimestre del año 2019. |
Nacional
Min. Seg. (Nación)
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Decreto 2351/2019
Poder Ejecutivo
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Ampliación cupo del programa Prosumidores EERR
Vigente
Cambio Climático
Protección del Ambiente
Uso de la Energía
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Autorizase la ampliación del cupo del programa Prosumidores mediante el traspaso de 2 MW del cupo disponible en el programa de Prosumidores - Máxima Producción (Res. SEE Nº 140/18) a Prosumidores de pequeñas demandas (Decreto N° 1710/18). |
Provincia de Santa Fe
SsER (Santa Fe)
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Decreto 2958/2025
Poder Ejecutivo
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Ampliación cupo de potencia del Programa Prosumidores 4.0.
Vigente
Uso de la Energía
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Se amplia el cupo de potencia del Programa Prosumidores 4.0. en 8 MW adicionales a los previstos por los Decretos N° 0889/24 y 0336/25. El citado cupo estará vigente hasta la fecha de cumplimentación del plazo establecido para el Programa o hasta que se complete (lo que ocurra primero). |
Provincia de Santa Fe
SEE (Santa Fe)
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Resolución 1838/2014
SRT
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Alta médica
Vigente
Salud Ocupacional
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Considera que un trabajador damnificado se encuentra en condiciones de Alta Médica cuando los síntomas incapacitantes hayan desaparecido o estén consolidados y siempre que el tratamiento médico asistencial se encuentre agotado. Esto último, sin perjuicio del otorgamiento de las prestaciones médico asistenciales de mantenimiento vitalicias que el damnificado pueda requerir como consecuencia directa de las secuelas resultantes del siniestro. |
Nacional
SRT
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Disposición 185/2012
SSRCA (Chubut)
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Almacenamiento de Residuos Peligrosos
Vigente
Gestión de Residuos Peligrosos
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Todo establecimiento que almacene en sus propias instalaciones residuos peligrosos generados por la actividad de dicho establecimiento, sin incluir los residuos patogénicos, deberá cumplir con los siguientes requisitos técnicos: a) Deberá estar suficientemente separado de líneas municipales o ejes divisorios de predios en razón del riesgo que presenten. b) Deberá hallarse separado de otras áreas de usos diferentes, con distancias adecuadas según el riesgo que presenten dichos residuos. c) Deberá contar con piso impermeable (concreto pintado con epoxy o similar). d) Deberá contar con un sistema de recolección y concentración de posibles derrames, que no permita vinculación alguna con desagües pluviales o cloacales. Dicha contención secundaria deberá poseer un volumen equivalente al CIENTO DIEZ POR CIENTO (110%) del volumen del contenedor instalado en dicho sector o equivalente al CIENTO CINCUENTA POR CIENTO (150%) del volumen del contenedor más grande en caso de contenciones compartidas. e) Deberá contar con todos los sistemas necesarios para la protección contra incendios, acorde a la carga de fuego del sector. f) Deberá estar provisto con techo. g) Los residuos deberán acopiarse en recipientes debidamente rotulados con la corriente residual que contienen. Dichas etiquetas deberán ser legibles y mantenerse en buenas condiciones. h) Los residuos deberán segregarse de acuerdo a su compatibilidad química. i) Los recipientes a emplear deberán ser adecuados para los residuos a acopiar, de forma tal que garanticen su hermeticidad/estanqueidad. j) Deberá poseer acceso restringido y estar debidamente identificado con cartelería que indique que en dicho sector se acopian residuos con características peligrosas. |
Provincia de Chubut
SSRCA (Chubut)
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Resolución 899/2005
SPA (PBA)
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Almacenamiento de residuos especiales en plantas de tratamiento.
Vigente
Gestión de Residuos Peligrosos
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Hacer extensivo a todas las plantas de almacenamiento, plantas de tratamiento y plantas de disposición final de residuos especiales las previsiones de la Resolución 592/00 en lo referente a las condiciones y requisitos técnicos de almacenamiento de los mismos.No presenta requisitos legales adicionales. |
Provincia de Buenos Aires
OPDS (PBA)
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Resolución 592/2000
SPA (PBA)
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Almacenamiento de residuos especiales
Vigente
Gestión de Residuos Peligrosos
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Reglamenta los requisitos técnicos exigibles para las actividades de almacenamiento en planta de residuos especiales. Los principales son: separación de vías de comunicación y predios linderos; separación de otras áreas con usos diferentes; piso o pavimento impermeable; sistema de recolección y concentración de posibles derrames; sistemas de protección contra incendios; croquis con información sobre características de los residuos.Adicionalmente la Empresa debe llevar un Libro de Operaciones donde queden registradas todos los movimientos efectuados con los residuos. El almacenamiento en Planta no debe exceder el plazo de un año. |
Provincia de Buenos Aires
OPDS (PBA)
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Resolución 964/2009
SRT
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Alícuotas promedio para actividades
Vigente
Riesgos del Trabajo
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Aprueba las alícuotas promedio para cada una de las actividades presentes en el Clasificador Internacional Industrial Uniforme (C.I.I.U.) |
Nacional
SRT
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Ley 3076/2017
Poder Legislativo
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Alerta Hídrico-ambiental
Vigente
Efluentes Líquidos
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Declara la alerta hídrico-ambiental en los cursos y cuerpos de agua, y acuíferos existentes en la Provincia. Se entiende por alerta hídricoambiental, la identificación, evaluación y solución oportuna del surgimiento de amenazas sobre el patrimonio hídrico de la Provincia que, en el largo plazo, afecten negativamente a las personas, a los servicios que éstas prestan, a los ecosistemas y a las estructuras ambientales básicas. Esta Ley tiene por objeto prevenir, vigilar, corregir y evitar la contaminación de aguas provocada, a los sistemas hídricos y sus respectivos ecosistemas, por los distintos focos de aporte, cualquiera sea la causa que los origine. Asimismo, mitigar o detener procesos de desequilibrio de estructuras ambientales y degradaciones en zonas en alerta y sus áreas de influencia dentro de la Provincia. |
Provincia de Neuquén
SSRH (Neuquén)
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Ordenanza 631/2025
Municipio
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Aguas Servidas
Vigente
Efluentes Líquidos
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Se prohíbe desviar las aguas servidas hacia los cursos naturales o artificiales que rodeen o estén contenidos dentro de la isla de su propiedad. |
Municipio de Tigre
Municipio
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Ordenanza 34/1920
Municipio
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Aguas Servidas
Vigente
Protección del Ambiente
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La Municipalidad de Tigre procederá a clausurar todos los desagües de casas o terrenos que salgan a la calle a excepción de los destinados a las aguas pluviales. |
Municipio de Tigre
Municipio
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Resolución 214/2024
MAEMA (Catamarca)
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AGUA SUBTERRÁNEA -Modifica el Anexo Único Decreto O.S.P. (S.A. Y A.) N° 1148/10
Vigente
Captación de Agua
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Modificar= el Anexo Único- ÍTEM II, «AGUA SUBTERRÁNEA», PUNTO D «MODELO DE COBRO DE CANON PARA USO DE AGUA PÚBLICA SUBTERRÁNEA», ÍTEM P del Decreto O.S.P. (S.A.Y.A.) N° 1148/10 |
Provincia de Catamarca
MAEMA (Catamarca)
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Resolución 1021/2007
ADA (PBA)
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Agua Subterránea - Registro de Operadores
Vigente
Captación de Agua
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Rectifica el Anexo II: Formulario de solicitud de inscripción - Registro de empresas perforadoras - Requisitos para la solicitud del registro de empresas, que según reza el artículo segundo de la Resolución ADA Nº 596/07 forma parte de dicho acto administrativo. Aprueba los requisitos necesarios para la organización y funcionamiento del registro de empresas perforadoras, que como Anexo II forman parte de la presente, dejando expresamente aclarado que vencida la inscripción de las empresas bajo las normas fijadas en la Resolución ADA Nº 596/07, las mismas deberán cumplir con las exigencias que se aprueban en la presente. Deja establecido que la inscripción en el Registro de Empresas Perforadoras tendrá un costo de Pesos trescientos ($ 300,00) y que la similar en el Registro de Profesionales Responsables de las Perforaciones se cumplimentará de forma gratuita y que se habrá de emitir certificado de inscripción dentro del registro de empresas perforadoras de la Autoridad del Agua. La vigencia de la inscripción de empresas tendrá una duración de dieciocho (18) meses a contar desde la fecha de cierre del último balance, caso contrario quedarán automáticamente excluidas del registro respectivo. La Autoridad del Agua emitirá certificado de inscripción dentro del Registro de Empresas Perforadoras. |
Provincia de Buenos Aires
ADA (PBA)
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Resolución 40/2014
OPDS (PBA)
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Agroquímicos
No vigente
Protección del Ambiente
Sustancias Peligrosas
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Establece que toda persona física y/o jurídica que utilice y manipule agroquímicos en predios y establecimientos agroindustriales deberá cumplir con el procedimiento de triple lavado o lavado a presión de los envases vacíos de agroquímicos que se generen como consecuencia de dicha actividad de conformidad con lo estipulado en la Norma IRAM 12.069. |
Provincia de Buenos Aires
OPDS (PBA)
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